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Carolina Botero – Derechos de autor

Foto por Cientec (Licencia Creative Commons atribución-no comercial-compartir igual)

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La presentación de Carolina Botero está disponible para ser descargada aquí: derechos de autor

Un resumen de la presentación en MedeaMaterial.

Acerca de Carolina Botero…

Ha dedicado los últimos años a trabajar, estudiar y promover la idea de una cultura libre facilitada por una sensible apropiación de tecnologías a través de la reflexión y adopción de herramientas libres y abiertas como el software libre y de código abierto y las licencias libres. Es abogada colombiana, Maestría en Derecho Internacional y Comparado (1993, VUB – Bélgica), Maestría en Derecho del Comercio y la Contratación (2006, UAB – España), Candidata a Doctorado (UAB – España), pasantías de investigación en UCal en Berkeley y Unilecce en Italia. Adelanta investigaciones en temáticas de sociedad de la información, le interesan especialmente los temas relacionados con entornos académicos. Es consultora en temas de derecho, sociedad y nuevas tecnologías de instituciones como la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá, la Universidad Nacional de Colombia (en varias dependencias entre las que se encuentra UN Editorial y UNvirtual) y la Escuela Virtual para América Latina del PNUD. Es co-lider Creative Commons para Colombia, Directora del Grupo Derecho Internet y Sociedad de la Fundación Karisma. http://karisma.org.co/carobotero y actualmente apoya la difusión del proyecto ccLearn de Creative Commons en Latinoamérica.

Live blogging en identi.ca

Vamos a cubrir a Caro Botero, que hablará un poco de derecho de autor !accceso



La protección de derechos, existe desde la creación misma de la obra !accceso


La protección cae sobre la forma de expresión de la obra, no sobre las ideas !accceso


El derecho se basa en la idea de originalidad !accceso


El arte efímero no se protege con derechos de autor: hay que materializar la obra, lo que se puede copiar es lo que se proteje !accceso


Estos anteriores son los primeros elementos de protección de derechos de autor… pero cómo sucede esto en Internet? !accceso


Hay dos tipos de derechos: los morales, asociados con el autor, es un derecho para toda la vida y hay que reconocerlo !accceso


El otro elemento es el derecho patrimonial: surge con la idea concreta de la propiedad privada !accceso


El derecho patrimonial puede ser transferido a un titular !accceso


Uso/reuso: los derechos patrimoniales expiran con la muerte del autor !accceso


Dominio público son las obras que ya no tienen titular. Pero la interpretación de estas obras puede tener derechos patrimoniales !accceso


Excepciones legales: el tipo de uso que le doy al producto es tan importante para la sociedad que la ley permite el uso !accceso


Esto dependerá de la ley y las excepciones que existan en cada país !accceso


Foto por MedeaMaterial (Licencia Creative Commons atribución-no comercial-compartir igual)

Foto por MedeaMaterial (Licencia Creative Commons atribución-no comercial-compartir igual)

También podemos pedir autorización expresa: le pedimos permiso al autor !accceso


Creative Commons entra en el espacio de la idea de autorización expresa !accceso


Como autor, siendo titular de la obra, puedo reservar ALGUNOS de los derechos !accceso


CC ofrece recursos que se pueden usar legalmente para copiar, modificar y reutilizar !accceso


También constituye una herramienta para administrar el derecho de autor propio !accceso


La idea central es que es una herramienta que permite colaborar y compartir !accceso


Hay muchas herramientas: flickr, jamendo, blip.tv, DOA, Opsound, freesound: tienen un filtro de CC para búsquedas !accceso


El material CC puede ser usado sin preocuparnos por las leyes o excepciones que usualmente hay que tomar en cuenta !accceso


Para usar productos bajo CC, respete la licencia, reconozca al autor, piense en otros derechos !accceso


Hay 4 elementos de CC: atribución, Nocomercial, NoObrasDerivadas, CompartirIgual !accceso


Estos 4 elementos mezclados producen 6 licencias diferentes !accceso
Licenciar con CC tiene ventajas: facilita la colaboración, incrementa el alcance y reputación, aumeta la velocidad de creación !accceso


Mejora la calidad, reduce el costo de desarrollo, hace mejor uso de recursos públicos, etcétera !accceso



Publicado hace 11 años, 7meses a las 1:06 pm en Memoria. Añadir un comentario

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